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Normativa Estatal
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GENERALES

Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias Numerosas (BOE número 277, de fecha 19/11/2003).

Ley 40/20 0 7, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social (BOE número 291, de fecha 5/12/2007) Disposición adicional decimotercera:

Introduce un nuevo párrafo en el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: Se considera familia numerosa: "El padre o la madre con dos hijos, cuando haya fallecido el otro progenitor".

Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (BOE número 313, de fecha 31/12/2003) -Disposición adicional decimotercera:

Introduce un nuevo párrafo en la disposición adicional novena de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: "A los efectos de esta Ley, las referencias a las Comunidades Autónomas se entenderán también realizadas a las Ciudades de Ceuta y Melilla, en sus respectivos ámbitos competenciales".

Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias Numerosas (BOE número 15, de fecha 18/01/2006).

Real Decreto Ley 3/2004, de 25 de junio, para la racionalizacióndel Salario Mínimo Interprofesional y para el incremento de su cuantía (BOE número 154, de fecha 26/06/2004) Modifica la Ley 40/2003, estableciendo el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) como cuantía a tener en cuenta para la concesión del Título de Familia Numerosa en determinadas circunstancias. - Artículo 2.2.d).

Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008 (BOE número 310, de fecha 27/12/2007) Establece que el Gobierno llevará a cabo las oportunas modificaciones legales para que  las familias monoparentales con dos hijos a cargo tengan la consideración de familia numerosa.- Disposición adicional septuagésima.

Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 (BOE número 309, de fecha 24/12/2008) Establece que el Gobierno llevará a cabo en el plazo de un mes desde la aprobación de la  Ley, las oportunas modificaciones legales a que obliga la disposición septuagésima de la Ley 51/2007, anterior, para que las familias monoparentales con dos hijos a cargo tengan la consideración de familia numerosa.- Disposición adicional sexagésima cuarta.

Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010 (BOE número 309, de fecha 24/12/2009) Establece que el Gobierno llevará a cabo en el plazo de un mes desde la aprobación de la Ley, las oportunas modificaciones legales a que obliga la disposición septuagésima de la Ley 51/2007 y la sexagésima cuarta de la Ley 2/2008, para que las familias monoparentales con dos hijos a cargo tengan la consideración de familia numerosa, y lo dispuesto en la sexágesima octava de la Ley 26/2009, para que las familias con un cónyuge discapacitado y dos hijos a cargo, tengan la consideración de familia numerosa.- Disposición adicional sexagésima octava.

Nota: No se han realizado las modificaciones legales a que obligan las Leyes 51/2007, 2/2008 y 26/2009, para que las familias monoparentales con dos hijos a cargo, pasen a considerarse numerosas, ni a lo que obliga la Ley 26/2009, para que las familias con un cónyuge discapacitado y dos hijos a cargo tengan la condición de familia numerosa. Por tanto, en ninguno de los dos supuestos puede concederse el Título de Familia Numerosa.

Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad, determina quien puede considerarse afectado por una minusvalía en grado igual o superior al 33% (BOE número 300, de fecha 16/12/2009).


 

IRPF Y BENEFECIOS TRIBUTARIOS O FISCALES

Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE número 285, de 29/11/2006 – página 41734 -) Establece las condiciones generales del impuesto sobre la Renta de las personas físicas y, entre otros, el mínimo personal y familiar – artículo 56 - y la deducción por cuidado de hijos – artículo 81 -.

Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social (BOE número 313, de fecha 31/12/2003 –página 46879) Regula la exención en el IRPF de las prestaciones familiares por hijo a cargo reguladas en el capítulo IX del Título II del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, y las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto múltiple, adopción e hijos a cargo, así como las pensiones y los haberes pasivos de orfandad percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situación de orfandad. Además, declara también exentas las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las Comunidades Autónomas o Entidades Locales.

Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden social (BOE número 313, de fecha 30/12/2000 –página 46643) Modifica, en su artículo 7 Tres, el artículo 66, 4) de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de impuestos especiales], rebajando el 50% del impuesto de circulación establecido para determinados vehículos automóviles, cuando estos son adquiridos por una familia numerosa.

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE número 59, de fecha 09/03/2004 – artículo 74.4 – página 10308) Establece la posibilidad de que las entidades locales efectúen rebajas en el impuesto de bienes inmuebles para las familias numerosas.

Real Decreto Ley 6 /2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social (BOE de fecha 07/05/2009 – disposición transitoria segunda – página 35417 - Convalidado por Resolución de 21 de mayo de 2008, del Congreso de los diputados – BOE de 27/05/2009). Establece que las familias numerosas tendrán derecho aún descuento en el recibo de la luz, mediante el bono social.


 

PRESTACIONES ECONÓMICAS

Real Decreto 1335/2005, de 11 de noviembre, por el que se regulan las prestaciones familiares de la Seguridad Social (BOE número 279, de fecha 22/11/2005).

Real Decreto 1578/2006, de 22 de diciembre, sobre revalorización de pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio de 2007 (BOE número 312, de fecha 30/12/2006 – página 46645).


 

VIVIENDA

Real Decreto 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula y aprueba el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012. (BOE número 309 de fecha 24/12/2008).

Real Decreto 1961/2009, de 18 de diciembre, por el que se introducen nuevas medidas transitorias en el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009 - 2012. (BOE número 314 de fecha 30/12/2009).


 

TRANSPORTE AÉREO


Orden FOM/3837/2006, de 28 de noviembre, por la que se establece el procedimiento de bonificación de las tarifas aéreas nacionales a los miembros de las familias numerosas (BOE número 301, de 18/12/2006).

 

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Normativa Comunidad Valenciana
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GENERAL

Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las Familias Numerosas. En su artículo 5, esta Ley estatal atribuye a la Comunidad Autónoma de residencia del solicitante, la competencia para el reconocimiento de la condición de familia numerosa, así como para la expedición y renovación del Título que acredita dicha condición y categoría.

Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat. En su Capítulo XIII, artículo 54, recoge el plazo máximo para dictar y notificar resolución expresa sobre la solicitud de Título y Carné de Familia Numerosa. Pasado este plazo, la solicitud se entiende desestimada, sin perjuicio de la obligación que tiene la administración de resolver.

Orden de 21 de septiembre de 2007, de la Conselleria de Bienestar Social, sobre Título y Carné de Familia Numerosa expedidos en la Comunitat Valenciana. (DOCV número 5614, de fecha 5/10/2007). 

IRPF Y OTROS BENEFICIOS TRIBUTARIOS O FISCALES


Ley 13/1997 de 23 de Diciembre, de la Generalitat, por la que se regula el tramo autonómico del impuesto sobre la renta de las personas físicas y restantes tributos cedidos (DOGV número 3153, de fecha 31/12/1997) - Artículo Cuarto, establece una deducción específica en su apartado Uno d) para las familias numerosas que tengan el Título en vigor.

Texto Refundido de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat en su última redacción. [Dicha Ley establece toda la normativa sobre Tasas de la Generalitat] (DOGV número 4971, de fecha 22/03/2005).Las tasas suelen modificarse y actualizarse anualmente mediante la Ley de Presupuestos. Para conocer los importes del ejercicio que corresponda conviene consultarlos en el organismo perceptor de las mismas. 

VIVIENDA


Orden de 7 de julio de 2005, de la Consellería de Territorio y Vivienda, por la que se regula el Registro Valenciano de Viviendas con Protección Pública. (DOGV número 5056 de fecha 25/07/2005).

Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el reglamento de protección pública a la vivienda (DOGV número 5517 de fecha 22/05/2007).

Decreto 76/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que aprueba el reglamento de rehabilitación de edificios y Viviendas (DOGV número 5519,de fecha 24/05/2007).

Decreto 82/2008, de 6 de junio, del Consell, por el que se modifican el Decreto 41/2006, de 24 de marzo, del Consell, por el que se regulan las actuaciones protegidas para facilitar el acceso a la vivienda en la Comunitat Valenciana, en el marco del Plan Estatal2005-2008 y del Plan de Acceso a la Vivienda de la Comunitat Valenciana 2004-2007, el Decreto 81/2006, de 9 de junio, del Consell, de desarrollo de las medidas y ayudas financieras a larehabilitación de edificios y viviendas en la Comunitat Valenciana en el marco del Plan Estatal 2005/2008 y del Programa Restauro de la Generalitat, el

Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento de Rehabilitación de edificios y viviendas. (DOGV número 5782, de fecha 11.06.2008)

Decreto 66/2009, de 15 de mayo, del Consell, por el cual se aprueba el Plan Autonómico de Vivienda de la Comunidad Valenciana 2009- 2012 (DOCV número 6016, de 19 de mayo)

Orden de 28 de julio de 2009, de la Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, por la que se regula el procedimiento para la tramitación de las medidas de financiación de actuaciones protegidas previstas en los planes de vivienda y suelo (DOCV número 6076, de 11 de agosto)

Decreto 105/2010, de 25 de junio de 2010, del Consell, por el que se modifican los decretos 90/2009, de 26 de junio, 189/2009, de 23 de octubre, y 66/2009, de 15 de mayo (DOCV 6301, de 1 de julio).

Otra normativa en la pagina WEB de la Conselleria de Medio ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda http://www.cma.gva.es/ 

ENSEÑANZA

Decreto 9/1998, de 3 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se regulan los precios públicos por los servicios de alojamiento, transporte y manutención prestados por el complejo educativo de Cheste(DOGV número 3183, de fecha 13/2/1998).

Decreto 52/1998, de 21 de abril, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el precio público por los servicios complementarios prestados por el Instituto de Formación Profesional Costa del Azahar, de Castellón de la Plana (DOGV número 3240, de fecha 12/5/1998).

Decreto 33/2007, de 30 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el acceso a los centros docentes públicos y privados concertados, que impartan enseñanzas de régimen general (DOGV número 5483, de fecha 3/4/2007). 

OTROS

Orden CUL/174/2009, de 29 de enero, por la que se regula la visita pública a los museos de titularidad estatal adscritos y gestionados por el Ministerio de Cultura y por el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

Decreto 52/2010, de 26 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat, de Espectáculos

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FANUCAS Comentario por FANUCAS el diciembre 13, 2011 a las 9:41am

Hola Lia, mira, esa es una de nuestras reivindicaciones.

No hay politicas de familia numerosa en España

Tenemos, las familias numerosas, que pelear por ayudas con otras familias que por circunstancias del paro, madres solteras, enfermos, etc, necesitan de ellas.

Deberia haber, una partida destinada a estas necesidades, paro, enfermedad, madres solteras, etc, y otra dirigida a als familias numerosas, ya que nosotros no entramos en el primer grupo y no somos familias de riesgo, sino familias emprendedoras que estamos ayudando al crecimiento de nuestro pais.

Espero que llegue el dia en que estó se haga realidad ya que en otros paises de Europa hace años que lo llevan a cabo.

Debemos seguir luchando para que los politicos,a los que por cierto pagamos nosotros, tabajen para nosotros

lia roda Comentario por lia roda el junio 8, 2011 a las 12:44pm

hola queria saber porque por ser familia numerosa no me dan la beca del comedor tengo 5 hijos 

 

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